Jueves 26 de Diciembre de 2024

Hoy es Jueves 26 de Diciembre de 2024 y son las 22:46 -

LOCALES

31 de mayo de 2017

CONCEJO MUNICIPAL APROBÓ MORATORIA CON BENEFICIOS PARA EL CONTRIBUYENTE

El Cr. Claudio Speciale, Secretario de Economía y Finanzas de la Municipalidad de Villa Ángela, informó que ya está vigente la ordenanza N° 4959 aprobada por el Concejo Deliberante, promulgada por el ejecutivo a través de resolución 1259/17 que prevé un plan de pago especial para aquellos contribuyentes que no pudieron acogerse a la primera moratoria. La nueva legislación estará vigente hasta el 31 de julio con importantes descuentos para los contribuyentes

Claudio Speciale destacó la ordenanza aprobada por el Concejo Municipal en la última Sesión. “Prevee  un plan de pagos especial porque hubo una gran cantidad de contribuyentes que no pudieron hacer uso del beneficio que se le otorga a comienzo de año con el descuento por pago adeudado del 2017, porque para hacer uso de este beneficio el contribuyente debía estar al día con los años anteriores” informó.

En ese sentido, explicó que “el plan de pago especial es para todos los contribuyentes que tienen deudas atrasadas con la quita de intereses resarcitoria. Esto significa que 2012, 2013, 2014 y 2015, 2016 que son los periodos incluidos en el plan de pago son sin intereses resarcitorios, entonces, en ese período el contribuyente solamente  pagará del capital de ese periodo, pero este plan de pago abarca un periodo desde 1 de junio hasta el 31 de julio que es el periodo en el que el contribuyente puede hacer uso de este plan de pago y acogerse de esta moratoria para regularizar la deuda de este periodo”.

“Además de determinarse la deuda en concepto de capital, también tiene otros beneficios: si el contribuyente paga de contado  con vencimiento hasta el 30 de junio  tendrá una quita sobre ese capital de un 20%, y si hace uso de este  plan de pago hasta el 31 de julio tendrá un descuento del 10%, ese es el caso del contribuyente que quiera hacer el pago de esta deuda hasta 2016, para el pago al contado. También pueden pagarlo hasta en 24 cuotas, pero no tiene descuento, ese plan de pago  tendrá un interés de financiación que es del 1,5 mensual sobre la cantidad de cuotas que el contribuyente elija. Una vez que se consolida  la deuda, no tiene ningún  tipo de intereses al monto del capital. Si lo hace en cuotas sí tendrá interés pero la financiación de las cuotas que elija, no tendrá intereses por la deuda atrasada” añadió Claudio Speciale.

Por otro lado, el Secretario de Economía y Finanzas resaltó que esta ordenanza prevé la regularización  de deudas vencidas en impuestos inmobiliarios, tasas y servicio,  industria y comercio, patente automotor y cementerio, “todos  esos son los conceptos que se pueden incluir en este plan de pagos” resaltó.

COMPARTIR:

Comentarios